- Ruido en edificios residenciales. El informe apunta a las molestias ocasionadas por aparatos de aire acondicionado, que han estado funcionando sin licencia, e incluso de antenas de telefonía móvil.
- Ladridos de perros que perturban el descanso de los vecinos. En este caso el Defensor del Pueblo recomienda a las Administraciones aplicar con más rigor las ordenanzas de tenencia de animales domésticos.
- Ruidos vecinales. “A menudo son considerados por la Administración como cuestiones de derecho privado en las que no debe intervenir, razón frecuentemente inválida a la vista de la legislación del ruido y de fuerzas y cuerpos de seguridad”, señala el informe. Y concluye: “La policía local dispone de potestad bastante para mediar en los conflictos entre vecinos”.
Cierto es que el Defensor del Pueblo no puede intervenir en las denuncias ciudadanas que tienen lugar en el ámbito privado pero sí interceder cuando las Administraciones no toman las medidas adecuadas.
Y con todo la mejor vía, aunque no la más efectiva, para mitigar el ruido en una comunidad de propietarios siempre será el diálogo.
Fuente: https://www.pisos.com/noticias/blogs/administracion-fincas/